Atendiendo a la necesidad de mejorar la ubicación y distribución de los puestos de Venta ambulante o no sedentaria fuera de establecimiento comercial permanente de la localidad de Carcelén, necesidad manifiesta que impone el cambio de su ubicación actual al resultar ser una zona de más tránsito de vehículos y personas. Y todo ello con la finalidad de mejorar y garantizar el tránsito ordenando de vehículos y personas debido a las incomodidades que la actual ubicación plantea, y que genera problemas y molestias de circulación especialmente en la época estival. A la vista de todo lo expresado, ésta Alcaldía en virtud de la potestad reglamentaria y de la organización que le otorga la Ley 7/1.985 de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local y por lo establecido en la Ley 3/2014 de 27 de marzo,

RESUELVE

PRIMERO.- Aprobar el traslado del mercadillo semanal de puestos de Venta ambulante o no sedentaria fuera de establecimiento comercial permanente de la localidad de Carcelén a la siguiente ubicación:

 Zona marcada en azul: Autorización para instalar puestos de Venta ambulante o no sedentaria fuera de establecimiento comercial permanente.

 Zona marcada en rojo: Zona prohibida para instalar puestos de Venta ambulante o no sedentaria fuera de establecimiento comercial permanente por existencia de establecimientos comerciales permanentes con fachada.

(VER RESOLUCION COMPLETA EN FICHERO ANEXO)